Tributarios

ASPECTOS TRIBUTARIOS

Por ser una persona jurídica, está obligada a expedir factura y cobrar el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, IVA.  Este impuesto lo paga el comprador, pero la empresa hace de recaudador y debe consignarle bimestralmente a la DIAN. 

APROBACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
Tanto los estados financieros de propósito general o especial, como los informes de gestión y demás cuentas sociales deberán ser presentadas por el representante legal a consideración de la asamblea de accionistas para su aprobación.


Las siguientes prohibiciones del Código de Comercio no se aplican a las SAS, salvo pacto estatutario:

Ø   Mayoría especial para la distribución de utilidades por debajo del mínimo legal (art. 155).

Ø   Incompatibilidad de administradores y empleados en la representación de acciones distintas de las propias y en la aprobación de balances (artículo185).

Ø   Prohibición de ejercer más de cinco cargos directivos (artículo 202).

Ø   Prohibición de los administradores de enajenar acciones de la misma sociedad (artículo 404).

Ø   Prohibición de formar mayorías con personas ligadas por parentesco (artículo 435).

Ø  Reparto mínimo del 70% de utilidades cuando la suma de las reservas exceda el 100% del capital suscrito (art. 454).

ABUSO DEL DERECHO
Abuse de sus derechos de accionista en las determinaciones adoptadas en la asamblea, responderá por los daños que ocasione, sin perjuicio que la Superintendencia de Sociedades pueda declarar la nulidad absoluta de la determinación adoptada, por la ilicitud del objeto (art. 43). 
El trámite correspondiente se adelantará ante la Superintendencia de Sociedades mediante el proceso verbal sumario (art. 43).
Y por último están los aportes parafiscales que son el 9% de la nómina mensual (4% para las Cajas de compensación familiar; 3% para el Instituto de Bienestar familiar y 2% para el SENA)